La
sentencia del Tribunal de Justicia de Luxemburgo, de 14 de marzo del 2013, de
la que hablamos ahí atrás, relativa a las ejecuciones de hipoteca en España,
más la presión social y otras circunstancias bien conocidas, han llevado al
partido popular a la aprobación de una disposición, que modifica sensiblemente
esta clase de juicios y que establece, además de confirmar las medidas de
suspensión de lanzamientos de vivienda en determinados casos de extrema
necesidad económica y otras medidas sociales, interesantes modificaciones en este importante campo de
las hipotecas bancarias.
Así, una de las principales es la
posibilidad de plantear oposición a la ejecución para el caso de que la escritura
de hipoteca contenga claúsulas de las llamadas abusivas, por la legislación de
consumo, que son nulas, o sea, inaplicables y sin efectos. La
Ley 1/13 de 14 de mayo, establece además, un procedimiento especial para poder
formular oposición a procedimientos en marcha, que en los que no se haya procedió
ya al lanzamiento y fija un plazo perentorio de un mes desde su entrada en
vigor, es decir, hasta el 16 de junio del 2013.
En cuanto a las clausulas nulas, las más corrientes son las
llamadas “suelo”, que fijan un tope de intereses mínimos, lo que convierte el
préstamo de variable a fijo, según la sentencia dictada recientemente por el Tribunal
Supremo, los intereses abusivos, que ahora quedan fijados en tres veces el
interés legal, o el llamado anatocismo, es decir, la capitalización de
intereses o sumarlos al capital principal, para calcular los nuevos intereses.
Otras novedades son la prohibición de que la deuda
hipotecaria se pueda ejecutar antes de tres vencimientos o que el Juzgado pueda
rechazar de oficio las clausulas
abusivas.
Decir que todas estas protecciones legales se refieren a
prestamos a consumidores, pero queda mucho camino por andar en la práctica
judicial para determinar por ejemplo tal concepto y los préstamos sometidos, y
sobre todo las consecuencias jurídicas concretas de la existencia de clausulas
nulas, que se dejan en realidad a criterio de los tribunales. Esperemos que
cunda la razón y la ley se interprete por éstos en el sentido más favorable al
ciudadano. Esperemos.