miércoles, 7 de marzo de 2012

Y GARZON, PUNTO FINAL

Leo con tranquilidad y enterita la sentencia dictada por el Tribunal supremo en el caso que llamaremos de “la memoria histórica”. Y también sus dos votos particulares y encuentro una resolución sensata y bien razonada, hasta donde llega a justificar la actuación del juez Garzón, poco menos que por obrar con buena fe, aunque basado en una interpretación errónea de nuestras leyes.

A mi me parece que nuestro superior tribunal no ha querido en realidad echar más leña al fuego sobre una cuestión, que se ha politizado y sacado de quicio en extremo. Entre los que quieren hacer del juez díscolo (hay que oír sus declaraciones en Buenos Aires) un héroe de los derechos humanos que está por encima de la Ley local e incluso de la Ley en general, porque lo suyo es la Justicia, con mayúsculas y eso es lo que parece importarle y los que quieren hundirlo, hay un término medio que es el de la estricta aplicación de la legalidad y de la jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo, que es quien le ha juzgado. Resulta curioso que Garzón se quejara de que sólo se le concedía una instancia para su juicio, porque además de que le resta el Tribunal Constitucional, resulta en realidad un verdadero privilegio que te juzgue toda una sala del alto tribunal, compuesta nada menos que por siete magistrados, que se supone son los que más saben de derecho penal en este país.

Hay que convenir en que el Tribunal ha sido benévolo con Garzón en este caso, lo que se explica seguramente porque ya lo habían echado de la carrera judicial con la sentencia anterior, la de las escuchas telefónicas a los abogados. Probablemente la presión de la calle y las críticas, algunas verdaderamente ofensivas, de los muchos admiradores que el este juez estrella ha ido cosechando a través de los años de su actuación profesional, sobre todo en los casos derivados del ejercicio de la justicia universal, de los cuales el más conocido fue el del Dictador chileno Augusto Pinochet , han influido en la decisión final. La sentencia, después de desmenuzar todos los fallos de la instrucción del caso por parte del acusado, que son muchos y evidentes incluso para cualquier persona sin la buena preparación jurídica de Garzón, le echa un capote y le absuelve en base a que en realidad se trata de interpretaciones erróneas del derecho, hechas sin mala fe y con la buena intención de ayudar en lo que pueda a los denunciantes.

Cabe preguntarse y no sé si alguien se lo preguntó en el juicio a Garzón, qué era lo que pretendía al comenzar a instruir una causa en la que nunca existieron posibles acusados, al menos que estuvieran vivos o pudieran ser procesados, a salvo pillar a algún centenario, al que sería ilegal e inhumano a estas alturas pedirle responsabilidades por lo que hizo hace tantos años, en un contexto de guerra civil, en la que se cometieron tantas atrocidades por una y otra parte.

La sentencia lo viene a aclarar, lo que pretendía este juez era hacer un “juicio de la verdad” y sobre todo según creo, ayudar a los parientes de los desaparecidos asesinados en su día por la represión franquista, a que pudieran realizar con orden judicial las excavaciones de las tumbas improvisadas y comunes en muchos casos, donde están los restos de sus deudos.

Como explica claramente el voto particular del magistrado Sr. Maza Martín, el juez acusado no cometió ningún error, sino que aplicó las ley a su conveniencia, aplicando algo a lo que en realidad siempre ha sido aficionado y que yo denomino como “alquimia procesal”, si bien en este caso, la química alcanzó más altos vuelos, porque pretendió aplicar leyes internacionales sobre delitos contra la humanidad, que todavía no existían en nuestro ordenamiento jurídico o tener por secuestrados-desaparecidos, en el término jurídico penal de la palabra, a los asesinados por los franquistas o saltarse a la torera el principio de legalidad, el de irretroactividad de las normas penales o la Ley de Amnistía del año 1977. Eso sin contar que unos años antes había rechazado de plano una querella por los asesinatos de Paracuellos del Jarama, amparándose precisamente en la citada Ley de Amnistía entre otros argumentos, que luego pasó por alto en la causa de “la memoria histórica”.

Y para mí que este es el hecho más relevante y más grave de todo este asunto, que Garzón, en una actitud que cabe calificar como soberbia, pretende saltarse a la torera todo el proceso de la difícil y meritoria transición española de la dictadura a la democracia, que tuvo su principal reflejo en esta ley de reconciliación que, como dice la misma sentencia del Supremo, no fue una ley de amnistía fabricada por los propios causantes de un genocidio o delitos contra la humanidad, para lograr la impunidad frente a sus propios crímenes, sino aprobada por un parlamento con el apoyo de la casi totalidad de la cámara, incluyendo a la izquierda política, que era precisamente quien más había sufrido la represión franquista.

Así, este juez estrella, considerándose por encima del parlamento nacional, que reflejaba la voluntad popular, se saltó esta importantísima ley, que facilitó si no la reconciliación de los españoles, sí que no volviéramos a las andadas y a tiros como en los tiempos de la república y la guerra civil.

Cuando admitió a trámite las denuncias, Garzón ya sabía perfectamente que no era competente para instruir el caso, que los delitos estaban prescritos, que no existían posibles culpables a quienes acusar y que el asunto iba a acabar como terminó, espallando los casos de asesinatos por los diversos juzgados donde se supone fueron cometidos…setenta años antes.

Y a todo esto, tampoco consiguió lo que en realidad pretendía como era ordenar exhumaciones.

En suma y tal y como explica la sentencia y sobre todo el voto particular del Magistrado Sr. Maza hizo todo lo que no debe de hacer precisamente un juez, saltarse la ley a la torera, en función de sus propias ideas, utilizando para ello los medios y el enorme poder que el sistema democrático concede a los jueces y tribunales. Y da lo mismo que su intención fuera buena porque, al igual que en el caso de las escuchas a los abogados, por el que ha sido condenado y apartado de la carrera judicial, la lección que se extrae de todo esto es que el fin no justifica los medios y menos en materia de derecho.

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