lunes, 3 de agosto de 2009

EL CASO CAMPS

El Tribunal Superior de Justicia de Valencia acaba de “absolver” al Presidentes de la Generalidad valenciana y a los otros implicados en los regalos de la trama “GURTEL”.

El extenso auto que decreta el sobresemiento libre de la causa, ha sido adoptado con el voto en contra de uno de los Magistrados. Si a eso sumamos que el presidente del Tribunal, según dice la prensa, tiene gran amistad con Camps, nos quedamos con la duda más que razonable de que se ha recurrido a una interpretación bien benévola de la ley, para evitar al presidente un juicio con jurado.

Porque lo más curioso de todo es que el razonamiento principal, que se extrae de la frondosa redacción de la resolución judicial citada, es que los regalos existieron realmente, pero no consta si le fueron hechos al Presidente en su condición de Presidente de la Comunidad Autónoma o como Presidente del PP valenciano.

El auto, en realidad, parece más una sentencia que otra cosa. Lo normal en esta clase de asuntos, cuando se recurre este trámite procesal, para evitar la apertura del juicio oral y lo que los juristas llamamos “pena de banquillo”, es que el Tribunal venga a decir que no se está juzgando a la persona imputada, sino que lo que se juzga es si existen indicios racionales suficientes como para juzgarla. Luego, en el juicio, con todos los actores presentes, con la práctica de pruebas, ya se verá lo que sale.

En el presente caso es evidente que se trata de una especie de “absolución en la instancia”, como se dice en términos forenses. Es decir, que el tribunal no se ha limitado a estudiar si hay bastantes motivos como para entrar en la fase del juicio oral, sino que se ha introducido directamente en el fondo del asunto, ha examinado las pruebas, ha razonado jurídicamente si los hechos encajan en el tipo penal del art. 426 del Código Penal y ha llegado a la conclusión de que, aunque es cierto que los regalos se han producido, aunque es cierto que Camps ha mentido como un bellaco, todo eso no tiene trascendencia penal porque no se ha demostrado si los regalos le fueron hechos como funcionario o como miembro importante del PP. O simplemente porque a los del Gurtel les cayó bien este buen señor, que añadiría de mi coleto.

Como el auto va a ser recurrido, veremos que dice el Tribunal Supremo. Porque esto no acaba aquí, se lo digo yo. Y la ciudadanía intuye que “algo huele a podrido en Dinamarca”. Al ciudadano de a pie, que no entiende de finuras jurídico penales, lo que le importa es que el señor Camps ha recibido regalos de una gente que está en la cárcel por celebrar contratos corruptos en Madrid y en Valencia. Que ha dicho que ha pagado dichos regalos cuando el auto dice que miente. Y que si tuviera un poco de vergüenza torera o de buen político, dimitiría de forma inmediata, en vez de comportarse como si no hubiera roto un plato en toda su vida.

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